sábado, 20 de diciembre de 2008

crono de pagos y fallo STJ

Cronograma de pagos de Diciembre

Viernes 2 de enero: Amas de Casa de Paraná e interior y Ley 4035.

Lunes 5: Jubilaciones de hasta 1.600 pesos.

Martes 6: Servicio Penitenciario, Policía y Secretaría de Salud.

Miércoles 7: Administración Central, Dirección Provincial de Vialidad, Consejo del Menor y jubilaciones desde los 1.601 pesos hasta 2.000 pesos.

Jueves 8: UADER, docentes y administrativos del CGE con documento desde 001 hasta 20.000.000, docentes y no docentes de escuelas privadas.

Viernes 9: Poder Judicial, Tribunal de Cuentas, Poder Legislativo, funcionarios del Poder Ejecutivo, docentes y administrativos del CGE con documento número 20.000.001 en adelante y jubilaciones mayores a 2.000 pesos.

 


 
Agmer: STJ autorizó las complementarias

La Sala Penal y de Asuntos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Entre Ríos estableció que "que no existe nulidad" de la resolución de la Junta Electoral que convocaba a elecciones complementarias en las mesas 180 y 182 de Villaguay, contradiciendo la declaración de nulidad para esas mesas que había establecido el juez Roberto Parajón, ante un amparo presentado por la lista Rojo y Negro.

 

Según consignó ayer la agencia APF, la Sala –integrada por Claudia Mizawak, Carlos Chiara Díaz y Daniel Carubia– hizo lugar además al recurso de apelación interpuesto por la Junta Electoral contra la sentencia de Parajón, a la cual "revoca íntegramente".
En tanto, rechazó la acción de amparo de la Rojo y Negro, que concretamente fue presentada por José Luis Pedroni, Nélida Matilde Lacuadra, Arellano Cristela Marina y Natalia Delfina López. "De esta manera estamos habilitados a seguir con el proceso eleccionario", aseguró la presidenta de la Junta, Beatriz Montaldo.

EN FEBRERO. "Entendemos que estamos en condiciones de reafirmar la convocatoria a elecciones complementarias para el 25 de febrero, y ese día realizar las elecciones suspendidas", agregó Montaldo, quien sostuvo que "en febrero tendremos dirimido, por medio de los votos, de quién será la conducción a nivel provincial en el período 2009-2011".
Asimismo, remarcó luego que en los fundamentos del fallo el STJ "se hace mención a que ingresaron los otros fallos de Parajón, que fueron acoplados a esta causa, que son los de Concordia, Uruguay e Islas".
"Se sobreentiende que este fallo del STJ será extensivo a las otras causas. Es el antecedente", afirmó también.
Tras señalar que este dictamen "en alguna medida es un reconocimiento a la labor de la Junta y es lo que veníamos planteando desde el comienzo", Montaldo calificó a la sentencia como "muy importante, fundamentalmente después de este proceso donde se habló de situaciones de fraude e irregularidades. Cuando las hubo nosotros las marcamos, por eso dispusimos las complementarias para febrero", apuntó.

Rojo y Negro: es "impensable"

De acuerdo a APF, causó "sorpresa" en la agrupación Rojo y Negro el fallo de la Sala Penal y de Asuntos Constitucionales del Superior Tribunal que habilitó la realización de elecciones complementarias en Agmer. Así lo dijo el secretario general electo de la Seccional Paraná del sindicato, Roque Santana, quien calificó al dictamen como "impensable". "En ningún momento pensamos que podía salirnos adverso, porque los fallos de primera instancia fueron muy claros y sólidos", expresó al respecto, aunque reconoció que sabían "que no era fácil ir contra el status quo reinante".
"Vamos a hacer una reunión provincial para resolver los pasos a seguir. Estamos pensando que sea el lunes 22 de diciembre en Paraná", comentó Santana. Según dijo, allí se decidirá si se apela el dictamen del STJ y también si la Rojo y Negro participará de las elecciones complementarias, que se realizarán el 25 de febrero próximo.
Si bien señaló que "siempre está la posibilidad de la apelación", el dirigente gremial recordó que la Rojo y Negro "es una agrupación sin recursos económicos, así que eso también entra en la cuestión". En el mismo sentido, apuntó: "Más allá de que podamos analizar la posibilidad de una apelación, hay que ver si es viable y si estamos en condiciones económicas reales y objetivas de llevar adelante una acción judicial de apelación ante la Corte Suprema".

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