miércoles, 11 de junio de 2008

El acuerdo docente en la UADER

El acuerdo docente en la UADER

 

En declaraciones publicadas en "El Diario" del 9 del corriente, César Baudino, referente de la Agrupación Rojo y Negro de Agmer que conduce la Seccional Paraná, alude al acuerdo alcanzado por el gremio para los docentes de la UADER con afirmaciones que son totalmente erróneas.

 

En efecto, para fundamentar la propuesta salarial que él plantea de "pedir un salario básico del maestro de grado que hoy está en 718,83 pesos a 1.350 pesos" dice que "de ese modo se continuará el camino de la discusión que ya se cerró con los docentes de la Universidad Autónoma de Entre Ríos". Agrega que  dichos "docentes representados por Agmer, consiguieron rubricar un acuerdo según el cual pasarán a cobrar la hora cátedra de nivel superior a 54 pesos".

 

La falsedad de estas afirmaciones nos obliga a hacer las siguientes aclaraciones:

 

1- El acuerdo para los docentes de Uader rubricado por AGMER no establece que los mismos "pasarán a cobrar la hora cátedra de nivel superior a 54 pesos". Ese es el valor, vigente desde mayo del corriente año, que perciben absolutamente todos los docentes entrerrianos de Nivel Superior, dependiente del CGE o de la Universidad Autónoma de Entre Ríos.

 

2-  Mal podría haber acordado el gremio una cláusula de esta naturaleza ya que desde la creación de la UADER, sus docentes vienen reclamando por condiciones de trabajo acordes con el sistema universitario.  Sistema en el que los profesores no son retríbuidos por horas cátedra sino en función  de un régimen laboral de cargos y dedicaciones horarias que contempla, además de las obligaciones docentes frente a alumnos, tiempos retribuídos salarialmente  para tareas de investigación,  extensión y actividades de gestión universitaria.

 

3- El acuerdo alcanzado por el gremio en la Comisión Negociadora constituída en la UADER avanza en la satisfacción de ese viejo reclamo puesto que se logró consensuar un nomenclador salarial basado en principios similares al vigente en las universidades nacionales en cuanto a las relaciones entre las dedicaciones exclusivas, parciales y simples y a las relaciones entre las distintas categorías académicas al interior de cada dedicación.

 

4- Este nomenclador no sólo implica mejores condiciones de trabajo docente sino que, al posibilitar el desarrollo de las funciones universitarias básicas (enseñanza, investigación y extensión), contribuye al mejoramiento de la calidad académica de la UADER.

 

Como nadie postularía el régimen de horas cátedra para el ámbito universitario, es de suponer que la confusión de Baudino respecto del nomenclador y del acuerdo logrado por el gremio obedece a un desconocimiento, tanto del sistema universitario como de las históricas reivindicaciones de los docentes de la UADER.

 

 

Alejandro Bernasconi  - Alicia Carbonell

Representantes gremiales en la Comisión Negociadora constituída en la UADER

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